Omnium rerum principia parva sunt

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domingo, 10 de julio de 2011

QUÉ DEBE CAMBIAR EN LA EVALUACIÓN




El concepto de evaluación que aparece hasta aquí requiere la modificación de algunos aspectos en la práctica evaluadora concreta (los más generales ya quedan comentados) en relación con distintos ejes en torno a los cuales se desarrolla. De modo sintético, y a manera de resumen de lo expuesto hasta ahora, destacamos los más importantes:
*      El objeto de la evaluación: Se amplía considerablemente lo que debe valorarse a partir de esta concepción evaluadora.
En primer lugar, hay que cambiar la mentalidad de que lo evaluable es la cantidad de contenidos conceptuales que han adquirido los alumnos. No es así. El referente de toda evaluación son los objetivos que se deben alcanzar (en cada unidad didáctica, en cada área o materia, en cada etapa), y estos implicarán la adquisición de aprendizajes diversos, relacionados tanto con los contenidos conceptuales, como con los procedimentales o los actitudinales.
En segundo lugar, no son únicamente los aprendizajes del alumnado lo que debe evaluarse, sino que es imprescindible valorar también los procesos de enseñanza, pues de éstos dependerá en buena parte el adecuado progreso de los estudiantes. La práctica docente, por lo tanto, habrá de evaluarse como elemento primordial de estos procesos.
Por último, hay que iniciar la evaluación interna del funcionamiento del centro, si se quiere que, efectivamente, éste avance en su coordinación y en la calidad educativa que ofrezca: evaluar la aplicación del proyecto curricular puede ser un buen modo de comenzar con está práctica.
*      Los agentes evaluadores: Con la adopción de un modelo evaluador esencialmente formativo, ya no es sólo el profesor el que evalúa al alumno, sino que es importante implicar al propio alumno en su evaluación de manera que adquiera un mayor protagonismo en su proceso formativo. Igualmente, pueden incorporarse a la práctica del aula actividades de coevaluación, en las que se evalúe entre todos el trabajo desarrollado durante un tiempo determinado o en un tema concreto.
Si hacemos referencia a la evaluación de los procesos de enseñanza o del funcionamiento del centro, los agentes evaluadores se ampliarían al conjunto del profesorado e, incluso, a todos los integrantes de la comunidad educativa, aunque fuera parcialmente o para aspectos específicos de esta evaluación.
Por otro lado, es importante destacar que, aún en los casos en que deba ser el profesorado es que evalúe a los alumnos y las alumnas, esta evaluación deberá ser colegiada siempre que sea posible. Para llegar a ese contraste de “subjetividades” al cual hemos aludido en este capítulo, resulta imprescindible la captura, análisis de datos y valoración de los mismos por parte de más de una persona. Se complementarán así las diferencias de percepción que pueden darse en torno a un mismo hecho y las diversas evaluaciones que se realicen en éste.
*      Los tipos de evaluación: En función de la finalidad con la que se aplica la evaluación, este modelo se decanta claramente por la aplicación de una evaluación formativa, encaminada a mejorar los procesos y alcanzar así los mejores resultados y nunca a “etiquetar” sujetos.
Sin embargo, dentro de este modelo evaluador se integrarán los demás tipos de evaluación ya comentados. Así, según el momento en que la evaluación se realice, podrá ser inicial, procesual o final: para detectar la situación de partida, valorar el desarrollo del proceso y decidir los resultados conseguidos, respectivamente.  Todas ellas son necesarias por los datos que aportan en cada situación, válidos para comenzar la actividad, regular su evolución y comprobar los objetivos alcanzados. Salvo en los momentos finales de una etapa que requiere decidir acerca de la titulación o no de un alumno, tanto de la evaluación inicial, como de la procesual o final tendrán carácter formativo, pues se utilizarán para mejorar los procesos educativos  no para seleccionar o “clasificar” al alumnado.
Del mismo modo, en función del referente evaluador, externo o interno, la evaluación aplicable podrá ser criterial o idiográfica, según marque unos criterios externos al alumno, que deben ser superados para considerar que ha llegado al nivel de aprendizaje propuesto, o éstos sean internos y hagan alusión, únicamente, a las capacidades que tiene el alumno y, en función de ellas, a los objetivos que puede y debe alcanzar, respectivamente.
En definitiva, insisto en la idea acerca de la cual giran estos comentarios: deben ampliarse la concepción restringida que se tiene de la evaluación, incorporándola desde el comienzo al proceso de enseñanza y aprendizaje para obtener así todas las ventajas posibles de su aplicación continua y formativa, tal como se va presentando en cada uno de los apartados tratados.

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